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Orden CYT/950/2012, de 26 de octubre

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Descripción:

El artículo 9 de la Ley 2/2003, de 28 de marzo, del Deporte de Castilla y León, establece que se creará el Consejo del Deporte de Castilla y León, como órgano consultivo, de participación y asesoramiento en materia deportiva de la Administración de la Comunidad Autónoma.

En cumplimiento de lo dispuesto en el citado precepto se dictó el Decreto 52/2005, de 30 de junio, por el que se crea el Conejo del Deporte de Castilla y León y se regula su composición y funcionamiento.

El artículo 6.1 del citado Decreto señala que la duración del mandato de los miembrros del Consejo del Deporte de Castilla y León será de cuatro años, periodo que ya ha transcurrido.

Ámbito de aplicación:

Autonómico

Boletín y Fecha de publicación:

BOCYL nº 221 de 16 de noviembre de 2012