Orden CYT/950/2012, de 26 de octubre
Descripción:
El artículo 9 de la Ley 2/2003, de 28 de marzo, del Deporte de Castilla y León, establece que se creará el Consejo del Deporte de Castilla y León, como órgano consultivo, de participación y asesoramiento en materia deportiva de la Administración de la Comunidad Autónoma.
En cumplimiento de lo dispuesto en el citado precepto se dictó el Decreto 52/2005, de 30 de junio, por el que se crea el Conejo del Deporte de Castilla y León y se regula su composición y funcionamiento.
El artículo 6.1 del citado Decreto señala que la duración del mandato de los miembrros del Consejo del Deporte de Castilla y León será de cuatro años, periodo que ya ha transcurrido.
Ámbito de aplicación:
Autonómico
Boletín y Fecha de publicación:
BOCYL nº 221 de 16 de noviembre de 2012